Medios de pagos
En virtud del Acuerdo Monetario, Andorra ha transpuesto a su ordenamiento jurídico la Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios de pago en el mercado interior. Asimismo, el Acuerdo Monetario incluye la Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y a su ejercicio, así como a la supervisión prudencial de dichas entidades.
El objetivo principal de la nueva normativa es facilitar y mejorar la seguridad en el uso de los sistemas de pago a través de internet y reforzar el nivel de protección del usuario contra fraudes y posibles abusos, así como fomentar la innovación en los servicios de pago y establecer un régimen más protector de los derechos de los usuarios en materia de seguridad y transparencia. Cubre asimismo la prestación de dos nuevos servicios de pago que no estaban previstos anteriormente, como son los servicios de iniciación de pagos y los servicios de información sobre cuentas.
Todos estos cambios se han implementado en el ordenamiento jurídico andorrano mediante una modificación de la Ley 8/2018, de 17 de mayo. En fecha del 13 de febrero de 2019 se publica el Texto Refundido de la Ley de servicios de pago y dinero electrónico (Ley PSD2).